Este jueves se publicó la nueva normativa en el Boletín Oficial de Estado (BOE), que -según el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación de España- “amplía las opciones para la adquisición de la nacionalidad española para descendientes de quienes sufrieron el exilio”.
Hasta el momento, la legislación española sólo permitía obtener la nacionalidad a hijos de ciudadanos de ese país, por lo que la legislación beneficiaría a miles de argentinos, nietos de ibéricos.
La Ley de la Memoria Democrática se plantea subsanar algunas de las consecuencias de la dictadura franquista. Además, refuerza el compromiso del Estado en la búsqueda de desaparecidos de la Guerra Civil y el franquismo, y abre la puerta a estudiar posibles vulneraciones de derechos humanos entre 1978 y finales de 1983.
La Ley de Memoria Histórica, conocida como “Ley de Nietos”, contempla entre otras cosas facilitar el acceso a la ciudadanía a nietos e hijos de aquellos españoles que abandonaron su tierra natal por motivos políticos, ideológicos o de creencia.
- El acta de opción por la nacionalidad española.
- Partida de nacimiento de los progenitores españoles en caso de que no esté inscripto en el Registro Civil español.
- Partida de nacimiento del interesado expedida por el Registro Civil argentino, legalizada por el Ministerio de Relaciones Exteriores y con postilla de La Haya.
- Acta de matrimonio de los progenitores o partida de nacimiento del padre o madre que no posee la nacionalidad española.
- Pasaporte español o partida de defunción del progenitor español.
- DNI argentino del progenitor español.
- DNI argentino del interesado.
- En caso de adopciones, se debe aportar el testimonio completo de adopción junto con la partida de nacimiento del adoptado.
