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A moverse en taxi

Dictamen favorable en Diputados al proyecto de alcohol cero al volante

La decisión no fue unánime ya que hubo un dictamen de minoría para mantener como límite 0,5 gramos, con un incremento de las penas. Pasa a la comisión de Seguridad antes de llegar al recinto.


La comisión de Transporte de la Cámara de Diputados emitió hoy dictamen de mayoría al proyecto de alcohol cero al volante, que establece la prohibición de conducir vehículos con concentración de alcohol en sangre en todas las rutas nacionales del país. La norma ya rige en 11 provincias y más de 40 municipios del territorio nacional.

El proyecto -que consensúa 16 iniciativas y es impulsado por el Ministerio de Transporte y la Agencia Nacional de Seguridad Vial- modifica el artículo 48 de la Ley 24.44 de Tránsito, para prohibir, a nivel nacional, la posibilidad de que las personas conduzcan después de haber ingerido bebidas alcohólicas y reducir las muertes por accidentes viales.

La decisión de este miércoles no fue unánime, ya que se presentó también un dictamen de minoría para mantener el límite 0,5 gramos de alcohol en sangre, con un incremento de penas. Ahora el debate seguirá en la comisión de Seguridad para luego pasar al recinto.

Según un estudio del Ministerio de Salud, más del 15,2% de los argentinos admite manejar, al menos una vez por mes, una moto, auto o bicicleta tras haber ingerido alcohol. Y 1 de cada 4 conductores siniestrados declararon haber consumido bebidas alcohólicas en las horas previas al accidente. 

“Las y los diputados pudieron ver las estadísticas y cómo el alcohol pone en riesgo la vida, tanto la de las y los conductores como de las demás personas que circulan. Ahora, debemos dar un paso más que es conseguir la aprobación en el recinto para convertirla en ley“, señaló al respecto el Ministro de Transporte, Alexis Guerrera.

Las provincias que ya cuenta con normativa de Alcohol Cero al volante son Córdoba, Chaco, Entre Ríos, Jujuy, La Pampa, Río Negro, Salta, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Tucumán y Chubut. 

La actual Ley de Tránsito establece una tolerancia de hasta 500 miligramos (0,5) de alcohol por litro de sangre para conductores de cualquier tipo de vehículos; para motocicletas o ciclomotores, hasta 200 miligramos (0,2); y para transporte de pasajeros de menores y de carga, alcohol cero.